A través del Decreto 558 del 15 de abril de 2020, se ha anunciado que el pago de los aportes a pensiones durante el mes de abril y mayo del 2020 será del 3% y no sobre el 16% del salario.
El Gobierno Nacional ha decidido tomar estas medidas con la intención de aliviar un poco la carga económica que muchas pymes están teniendo actualmente.
¿Cómo funcionará el aporte a pensiones durante estos períodos?
Según este decreto, el 75% del pago de la cotización será asumido por el empleador y el 25% restante por el trabajador.
Esto significa que el empleador deberá descontar al trabajador el 4% de salud y el 0,75% de pensión y asumir el 2,25% restantes.
Los aportes a pensiones seguirán siendo sobre el IBC (Ingreso Base de Cotización), lo único que cambia es el porcentaje.
Lo que significa que la cotización seguirá siendo sobre el ingreso del trabajador, y sobre este se pagará el 3%.
Modalidad de retiro programado
Las personas que hayan optado por una pensión bajo la modalidad de retiro programado, que reciban un salario mínimo, y que puedan demostrar que la cuenta individual corre el riesgo de ser insuficiente para los aportes a pensiones, se cambiará la modalidad de retiro programado a renta vitalicia; el fondo privado de pensiones trasladará los recursos y notificará a Colpensiones para que sea este quien asuma a pensión.
¿Tendrán en cuenta las semanas de abril y mayo para el cumplimiento de las 1300 semanas en Colpensiones?
Las semanas de abril y mayo del 2020 se tendrán en cuenta no solamente para el cumplimiento de los requisitos de las 1300 semanas, sino que también serán tenidas en cuenta para los cálculos de la garantía de pensión mínima de los fondos privados, que son 1150 semanas, y para el cálculo de pensión de invalidez y sobrevivientes.
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