Liquidación de meseros con propinas y novedades: guía completa y fácil

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Liquidación de meseros con propinas y novedades: guía completa

La propina no es salario, y confundir esa línea es el error más caro al liquidar un mesero — esto es lo que sí entra en la base y lo que nunca debe entrar.

JP
Jovanna Pérez
Content Leader · Aleluya
Publicado
13 feb 2026
Actualizado
19 jul 2026
Lectura
5 min
Un mesero veterano cuenta con orgullo las propinas de la noche en una lata, mientras un aprendiz anota las novedades del turno en una fonda colombiana

Fonda paisa, Medellín, década de 1960 — Las propinas de la noche, siempre contadas aparte

¿Qué dice la ley sobre las propinas en Colombia?

La Ley 1935 de 2018 es clara: la propina es voluntaria para el cliente, y no constituye salario. Eso significa que no entra en la base para liquidar prestaciones sociales ni seguridad social — el salario es una cosa, la propina es otra, y confundirlas es el error más común en este cálculo.

Esa separación no la toca la Reforma Laboral de 2025 (Ley 2466). Lo que sí cambia con ella es la jornada, el recargo nocturno y el recargo dominical — justo las tres novedades que más le pesan a un restaurante con turnos de tarde-noche y de fin de semana.

Horas extra y recargos

Turnos rotativos y fines de semana son el pan de cada día — la hora extra nocturna lleva un recargo del 75% sobre la hora ordinaria. Desde el 25 de diciembre de 2025 lo nocturno arranca a las 7:00 p.m. (antes 10:00 p.m.), así que buena parte del turno de la cena ya califica.

Incapacidades y ausencias

Afectan el pago del auxilio de transporte, pero no el de salud — hay que descontar exactamente lo que corresponde, ni más ni menos.

Bonos por ventas o cumplimiento

Si son habituales, sí entran en el promedio para primas y cesantías — si son ocasionales, no. Ignorar esta distinción altera todo el resultado.

Recargo dominical y jornada: lo que movió la Reforma Laboral de 2025

La Ley 2466 de 2025 no tocó la propina, pero sí movió el terreno debajo de la liquidación de un mesero en dos frentes. El recargo dominical y festivo, congelado en 75% desde 2002, sube en tres tramos: 80% desde julio de 2025, 90% desde julio de 2026 y 100% desde julio de 2027 — restaurantes es uno de los sectores que la propia ley señala como más golpeados por el cambio, junto con comercio, hotelería y entretenimiento.

El segundo frente es la jornada: desde el 15 de julio de 2026 bajó de 44 a 42 horas semanales, así que el valor de la hora ordinaria — la base de todos estos recargos — se calcula ahora dividiendo el salario entre 210 horas al mes, no 220. El salario mensual no cambia, pero el valor de cada hora extra o recargo sí sube.

1. Consolida los ingresos fijos y variables

Salario básico + auxilio de transporte + promedio de horas extra y recargos — las propinas quedan siempre por fuera de esta suma. El valor de la hora ordinaria se calcula sobre 210 horas al mes desde julio de 2026 (antes 220).

2. Aplica novedades y descuentos del período

Resta días no trabajados o licencias no remuneradas, y cualquier préstamo o anticipo pactado — esa misma cifra es la que después reportas en la nómina electrónica que recibe la DIAN.

3. Calcula prestaciones y aportes

Sobre la base salarial del paso 1 (nunca sobre las propinas): cesantías, intereses, prima y vacaciones.

4. Genera el comprobante

Un desprendible claro que muestre qué es salario y qué es propina blinda al negocio ante cualquier reclamo.

“Sumar la propina al salario base infla los aportes a seguridad social sin ninguna necesidad legal — la ley las separa totalmente.”

Ese error, más olvidar el recargo nocturno o descuadrar la base de las horas extra, es lo que después se traduce en una inexactitud reportada en la PILA — y eso sí tiene sanción real de la UGPP, aunque la propina en sí nunca haya estado mal manejada de cara al cliente.

Con el recargo dominical subiendo cada julio hasta 2027 y la jornada ya en 42 horas, ese margen de error crece: un mesero que trabaja fines de semana con una liquidación que no se actualizó arrastra el descuadre mes tras mes, y entre más alto sea el recargo vigente, más caro sale el error.

Que la liquidación de meseros cuadre sola, propina aparte.

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Preguntas frecuentes sobre la liquidación de meseros con propinas

¿La propina cuenta para la prima de servicios?

No. La propina no es salario, así que no entra en la base para liquidar prestaciones sociales.

¿Cómo se maneja el auxilio de transporte en vacaciones o incapacidad?

No se paga en ninguno de los dos casos — el auxilio solo se causa cuando la persona efectivamente se desplaza a trabajar.

¿Qué pasa si no se pagan bien las horas extra de un mesero?

Expone al negocio a demandas laborales y a sanciones por inexactitud en la PILA si el error afecta también los aportes reportados.

¿Cambió el recargo nocturno de los meseros con la Reforma Laboral de 2025?

Sí. Desde el 25 de diciembre de 2025 la jornada nocturna arranca a las 7:00 p.m. y no a las 10:00 p.m., así que buena parte de un turno de cena que antes era diurno ahora tiene recargo del 35% (75% si además es hora extra).

¿Cuánto es hoy el recargo por trabajar domingos y festivos?

Sube en tramos: 75% hasta junio de 2025, 80% entre julio de 2025 y junio de 2026, 90% entre julio de 2026 y junio de 2027, y 100% desde julio de 2027 — la Ley 2466 de 2025 lo devuelve gradualmente al nivel que tenía antes de 2002.

¿Cambió el valor de la hora de un mesero en 2026?

Sí. Desde el 15 de julio de 2026 la jornada bajó a 42 horas semanales, así que el valor de la hora ordinaria se calcula dividiendo el salario mensual entre 210 horas (antes 220) — el salario no cambia, pero el valor de cada hora extra o recargo sí.

Referencias

1. Ley 1935 de 2018 (regulación de las propinas en establecimientos gastronómicos).

2. Código Sustantivo del Trabajo (recargos nocturnos y horas extra).

3. Ley 2466 de 2025 — Reforma Laboral (recargo dominical y festivo gradual, jornada de 42 horas y nueva frontera de trabajo nocturno).

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