Reforma laboral 2025: trabajo doméstico y auxilio de conectividad

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Reforma laboral 2025: trabajo doméstico y auxilio de conectividad

La Ley 2466 formalizó el trabajo doméstico con prestaciones desde el día 1, y desde junio de 2025 el teletrabajo tiene un auxilio nuevo que reemplaza el de transporte.

JP
Jovanna Pérez
Content Leader · Aleluya
Publicado
26 ago 2025
Actualizado
19 jul 2026
Lectura
3 min
Una trabajadora doméstica cocina tranquila en una cocina bogotana mientras un radio antiguo brilla y un hilo de luz dorada conecta la casa con su propio hogar en una colina distante.

Bogotá, década de 1950 — Trabajaba en una casa, sin perder la suya

Trabajo doméstico: formal desde el primer día

La Ley 2466 de 2025 reglamentó el trabajo doméstico — limpieza, cocina, cuidado, lavado, jardinería — sea por días, medio tiempo o jornada completa, interno o externo. Ya no hay espacio para la informalidad: se alinea con el Convenio 189 de la OIT, reconociendo derechos reales para quienes trabajan en el hogar.

Lo que exige la ley para el trabajo doméstico

Contrato escrito obligatorio

Sin importar si es colombiano o migrante, ni si trabaja por días o jornada completa — el contrato ya no es opcional.

Prestaciones completas desde el día 1

Seguridad social, cesantías, vacaciones, prima e intereses sobre cesantías — todo proporcional, sin periodo de gracia.

¿Y si el trabajador doméstico solo va uno o dos días a la semana?

Es la categoría de “trabajadores por días”: alguien que trabaja menos de un mes para el mismo empleador-hogar, muchas veces repartido entre varias casas. Para ese caso aplica la cotización por semanas (Decreto 2616 de 2013): el empleador paga seguridad social solo por los días efectivamente trabajados, con la misma planilla PILA tipo “S”. En parafiscales, la exigencia también es distinta a la de una empresa — el empleador-hogar solo paga caja de compensación (4 %); el SENA (2 %) y el ICBF (3 %) no aplican porque quien contrata es una persona natural, no una empresa.

Auxilio de conectividad: lo que cambió desde junio de 2025

$200.000 mensuales para quien teletrabaja

Aplica a quien teletrabaja total, parcial o híbrido y gana menos de 2 SMMLV, desde el 25 de junio de 2025.

Reemplaza el auxilio de transporte

Solo se recibe uno de los dos, nunca ambos — y aunque no constituye salario, sí entra a la base de prestaciones sociales.

“El auxilio de conectividad no constituye salario pero sí hace parte de la base para calcular prima, cesantías y vacaciones.”

Confundir estos dos cambios con “flexibilidad” en lugar de “obligación legal” es el error más común: ambos son exigencias del empleador, no beneficios discrecionales. Formalizar al personal doméstico sin retrasos, y aplicar el auxilio de conectividad desde la fecha exacta en que reemplazó al de transporte, es lo que separa una nómina en regla de un pasivo laboral acumulando intereses.

Que tu nómina cumpla la reforma sin que tengas que perseguir cada cambio.

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Preguntas frecuentes sobre trabajo doméstico y auxilio de conectividad

¿Desde cuándo debe tener prestaciones un trabajador doméstico?

Desde el primer día de contrato — seguridad social, cesantías, vacaciones, prima e intereses sobre cesantías, todo proporcional.

¿Se puede recibir auxilio de transporte y de conectividad al mismo tiempo?

No. Solo se recibe uno de los dos — quien teletrabaja y cumple los requisitos recibe conectividad, no ambos.

¿El auxilio de conectividad hace parte del salario?

No constituye salario, pero sí se incluye en la base para calcular prima, cesantías y vacaciones.

¿A quién aplica el auxilio de conectividad?

A quien teletrabaja de forma total, parcial o híbrida y gana menos de 2 SMMLV, desde el 25 de junio de 2025.

¿Cómo se liquida a alguien que trabaja pocos días a la semana en varias casas?

Con la cotización por semanas (Decreto 2616 de 2013): se paga seguridad social solo por los días efectivamente trabajados, reportados en la planilla PILA tipo “S”.

Referencias

1. Ley 2466 de 2025 (reforma laboral — trabajo doméstico y auxilio de conectividad).

2. Convenio 189 de la OIT (trabajadoras y trabajadores domésticos).

3. Decreto 2616 de 2013 (cotización por semanas para trabajadores por días).

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