Ya está aquí la Reforma Laboral 2025 (Ley 2466) y trae un montón de cambios que te van a hacer poner los ojos en la nómina! 😱 Si estás enredado con todo lo que está pasando y no sabes cómo poner en práctica estos cambios, tranqui! Aquí te despejamos las dudas más frecuentes y te explicamos, de forma fácil y sin complicaciones, cómo todo esto afecta a tu empresa. Vamos a poner todo en orden y cumplir con la reforma sin estrés! 💪
📌 ¿Tu software de nómina sabe todo esto? Porque Aleluya sí.
1. ¿Cómo se calcula el recargo del 80% cuando se trabaja de domingo a domingo, siendo el domingo día de descanso obligatorio?
Respuesta:
Según el Artículo 179 del Código Sustantivo del Trabajo, si un trabajador labora el (día de descanso obligatorio), debe recibir el pago del salario ordinario por los 30 días del mes, el 100% de recargo por el día trabajado, y un recargo del 80% sobre las horas trabajadas en ese día. Si el trabajador labora más días de descanso obligatorio, el cálculo se realiza con el mismo principio: salario ordinario + recargos.
Además, si el día de descanso obligatorio coincide con otro día de descanso remunerado, solo se pagará el recargo del 80% y no se dará derecho al día compensatorio, tal como establece el numeral 2 del Artículo 179.
2. Si una empresa no cumple con la jornada de 44 horas, ¿qué implicaciones puede haber?
Respuesta:
La reforma redujo la jornada laboral de 48 a 44 horas semanales, comenzando el 16 de julio de 2025. Si una empresa no respeta este límite, puede enfrentar sanciones millonarias por parte del Ministerio de Trabajo y la UGPP. Por eso es tan importante que hagas los ajustes necesarios en las horas y los contratos laborales para asegurar que todos los trabajadores no excedan las 44 horas semanales.
3. ¿El auxilio de conectividad es obligatorio que sea salarial o puede ser no salarial?
Respuesta:
¿Cuenta como salario?
No 💸… pero sí. Te explicamos rápido:
💜 NO constituye salario, o sea, no te lo suman como sueldo base.
💙 SÍ entra en la base para liquidar:
- Cesantías
- Intereses a las cesantías
- Prima de servicios
- Vacaciones
Así que mejora tus prestaciones, aunque no engorde tu sueldo directo.
4. ¿La licencia remunerada aplica para todo tipo de sector, sea público o privado?
Respuesta:
Las licencias que ya existían más las que amplió la reforma laboral aplican para todos los sectores Esto incluye: 🗳️ Ejercicio del sufragio 💔 Calamidad doméstica: 🏥 Citas médicas urgentes o programadas: entre otras…
5. ¿Qué pasa con el pago de las horas extras si una empresa no paga a tiempo?
Respuesta:
Si una empresa no paga las horas extras podría enfrentar implicaciones legales graves. Ten presente que el artículo 159 a 168 regulan el trabajo suplementario y horas extras. Con la Reforma laboral: El trabajo diurno extra (de 6 a.m. a 7 p.m.) debe pagarse con un recargo del 25% sobre el valor de la hora ordinaria. El trabajo nocturno extra (de 7 p.m. a 6 a.m.) debe pagarse con un recargo del 80% para el 2025 siendo progresivo hasta llegar al 100% en el 2027.
6. ¿Cómo se calcula la remuneración en días de descanso obligatorio cuando se labora de domingo a domingo habitual?
Respuesta:
Es habitual cuando son 3 o 4 domingos – art 179 y 181. La persona debe recibir el salario ordinario (30 días), el pago del día al 100%, el recargo del 80% sobre las horas trabajadas y un día compensatorio durante la semana siguiente. Este cálculo asegura que los derechos del trabajador estén protegidos conforme a la Ley 2466.
7. ¿Qué pasa con la planilla de seguridad social si los aprendices nuevos tienen pensión y los antiguos no?
Respuesta:
Si tienes aprendices nuevos que deben estar afiliados a pensión y antiguos que no lo están, la plataforma PILA ya tiene en cuenta esta diferencia. La reforma obliga a afiliar a los aprendices en etapa productiva al sistema de pensión, por lo que se deben realizar los ajustes correspondientes en la planilla de seguridad social para que no haya errores en los pagos.
Recuerda que el operador PILA tendrá en cuenta que el aporte a pensión en etapa productiva aplica desde el 1 de julio de 2025.
8. ¿Si un empleado se desplaza en bicicleta, debemos darle el día de licencia?
Respuesta:
Según la Ley 2466, las empresas deben conceder un día de licencia remunerada por cada 6 meses de trabajo a aquellos empleados cuyo medio de transporte sea la bicicleta.
9. ¿Cómo deben manejarse los contratos de los aprendices SENA antiguos? ¿Se necesita hacer un nuevo contrato?
Respuesta:
Para los aprendices SENA antiguos que ya tenían un contrato antes de la reforma, no es necesario hacer un nuevo contrato. Sin embargo, las condiciones laborales de estos aprendices deben ajustarse a las nuevas normativas en cuanto a afiliaciones a seguridad social y derechos laborales. Esto incluye derechos adicionales durante su etapa lectiva y productiva, como el pago de prestaciones sociales y afiliación a pensión y salud.
10. ¿Se deben pagar prestaciones sociales a los aprendices en etapa lectiva?
Respuesta:
Para los aprendices en etapa lectiva no aplica prestaciones sociales, solo aplica para productiva. Desde el 25 de junio, calculamos la cuota de sostenimiento al 75% del SMMLV ($1.067.625 en 2025). Desde el 1 de julio, debes agregar el centro de trabajo al cual pertenece el aprendiz para calcular correctamente el riesgo laboral.
Con Aleluya, ya tienes tu nómina al día con la reforma laboral
En Aleluya ya hicimos todos los ajustes según la nueva reforma laboral, así que puedes seguir liquidando tranquilo, sin errores ni dolores de cabeza.
Desde la reducción de la jornada laboral hasta la protección de los aprendices SENA… todo lo vas a poder hacer a un clic y sin ningún enredo.
Conoce en este artículo todos los cambios en tu nómina con la reforma laboral y si tienes alguna pregunta, no dudes en contactarnos!
Pd: Por aquí te compartimos algunos artículos de nuestro Centro de Ayuda para que tengas más contexto de cómo aplicamos esta nueva reforma en nuestros procesos de nómina:
- Checklist de porcentajes para apropiar en Aleluya (y no llorar en el intento)
- Cumple con la cuota de aprendices SENA. ☑️
- Reducción de la jornada laboral en Aleluya
- ¿Cómo calcular las horas extras y recargos?
- Conoce cómo pagar las 8 horas laboradas en el día de descanso (sin compensatorio).
- Conoce cuáles son las fases de un contrato de aprendizaje (SENA) y cuota de sostenimiento.
- Conoce cuáles son los aportes y pagos de los contratos de aprendices y estudiantes