El salario integral debe tener un proceso de liquidación distinto al de un salario ordinario, pues según el Código Sustantivo del Trabajo, es la remuneración que incluye prestaciones sociales, recargos nocturnos, dominicales, festivos y horas extra.
Esta liquidación está compuesta por todos los conceptos que constituyen salario en un solo pago y tiene dos factores a tener en cuenta: la remuneración, más el factor prestacional.
Características de un salario integral
Para que un salario sea integral debe cumplir con las siguientes características:
– 10 salarios mínimos que forman la parte salarial.
– Más 3 salarios mínimos que son el factor prestacional.
Cuando se habla de factor prestacional, se hace referencia a las primas de servicio legales y extralegales, las cesantías, los intereses a las cesantías, y otros beneficios que aumentan la carga prestacional a más del 30% (y que por lo tanto suman más de tres salarios mínimos)
¿Cuáles son las variables que componen el salario integral?
– Salario
– Horas extras.
– Recargos nocturnos.
– Prima de servicios.
– Primas extra legales de la empresa.
– Trabajos dominicales y festivos.
– Auxilio de cesantías.
– Otros conceptos.
¿Cuáles variables no componen el salario integral y deben ser liquidadas común y corriente?
– Aportes a seguridad social.
– Vacaciones.
– Aportes parafiscales.
– Sanciones moratorias por no pagar el salario al terminar el contrato de trabajo.
– Indemnización por despido injustificado.
¿Cómo se liquida el salario integral?
Para hacer los cálculos se deben tener en cuenta todas las variables que no hacen parte de este salario, pues estas deben ser liquidadas común y corriente.
Aportes a seguridad social:
Los empleados seguirán teniendo sus aportes a seguridad social. En este caso, la base de cotización será sobre el 70% del salario integral. Y por lo tanto, todas las prestaciones que pague la seguridad social, se realizará sobre el 70% del salario (licencias de maternidad e incapacidades laborales).
Vacaciones:
Para los empleados con salario integral, aplica la misma normativa de cualquier otro empleado para liquidar las vacaciones.
El único cambio que hay acá es la base de liquidación. Pues según el decreto 1174 de 1991, para determinar la base para liquidar y pagar las vacaciones, esta remuneración se hace con el total del salario integral, y por lo tanto, se debe tener en cuenta el factor prestacional.
Aportes parafiscales:
Al igual que la seguridad social, los aportes parafiscales se pagan sobre el 70% del salario integral.
Indemnización por despido injustificado:
Todos los empleados con este tipo de salario que sean despedidos sin justa causa tienen derecho a ser indemnizados.
Según el decreto 1174 de 1991, la base de liquidación de la indemnización es el salario integral incluyendo el factor prestacional.
Como podemos darnos cuenta, esta liquidación tiene muchas variaciones y requiere un proceso manual, para evitar errores en los cálculos y ahorrarle demandas a nuestra empresa o sanciones de nuestros empleados, podemos usar un software de nómina en la nube que haga los cálculos por nosotros.
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